Las fianzas son contratos secundarios que garantizan el cumplimiento de obligaciones derivadas de algún documento fuente como contratos, convenios o leyes. A través de este contrato secundario, una Institución Afianzadora se compromete ante un tercero (beneficiario) a cumplir con una obligación, si el deudor principal (o fiado) no la cumple.
Es un contrato por el cual una persona se compromete con el acreedor a pagar por el deudor si éste no lo hace. Es un contrato accesorio en el que intervienen mediante vínculo contractual un acreedor, un deudor principal y un fiador. Es un contrato en virtud del cual una institución de fianzas se compromete a garantizar el cumplimiento de obligaciones con contenido económico, contraídas por una persona física o moral ante otra persona física o moral privada o pública, en caso de que aquella no cumpliere.
En ellas la institución afianzadora se obliga a reparar el daño derivado de la comisión de un delito de carácter patrimonial cometido por un empleado contra bienes del patrón o de aquellos de los que este sea jurídicamente responsable. ( Robo, fraude, abuso de confianza ).
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